Desde 2006 en España tenemos la Ley 39/2006 del 27 de noviembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, conocida con el nombre de Ley de Dependencia, para atender las situaciones de ayuda vital de personas mayores y/o con algún tipo de discapacidad.

Con esta Ley (que en este presente año celebrará su primera década de existencia), nuestro país cambió por completo el panorama de la atención al colectivo de personas con situaciones de dependencia al reconocer la labor de los cuidadores informales (las personas que se dedican a cuidar a los familiares en situación de dependencia en sus propias casas). España compartía con los países de su entorno (la ribera mediterránea) un modelo denominado meridional de atención a estas personas, que se basa en actuaciones esporádicas, desorganizadas y sin un plan previamente definido.

Además de los cambios en la terminología (introdujo en nuestro marco legislativo definiciones como “persona con discapacidad”, “persona en situación de dependencia” o “promoción de la autonomía personal”, siguiendo las recomendaciones de la Clasificación internacional de Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, acuerdo de carácter internacional emanado desde la organización Mundial de la Salud y aprobado en 2001), la principal aportación de esta Ley es la creación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas. Este Sistema tiene por finalidad la garantía de las condiciones básicas y la previsión de los niveles de protección definidos en esta normativa. El Sistema se configura como una red de utilización pública que integra, de forma coordinada, centros y servicios, públicos y privados” (artículo 6.2).

También se marca los objetivos de atención universal, integral y en la transversalidad de las políticas de atención a las personas en situación de dependencia; en el establecimiento de las medidas adecuadas de prevención, rehabilitación, estímulo social y mental; en la permanencia de las personas en situación de dependencia, siempre que sea posible, en el entorno en el que desarrollan su vida; en la calidad, sostenibilidad y accesibilidad de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia. Para lograr estos objetivos, la Ley prevé la creación de servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal; Servicio de Teleasistencia; servicios de Ayuda a domicilio, que comprende la atención de las necesidades del hogar y cuidados personales; servicios de Centro de Día y de Noche para mayores y menores de 65 años y de atención especializada y, por último, servicio de Atención Residencial.

Por último, otros de los aportes de esta Ley son las aportaciones económicas para las familias que tienen familiares en situaciones de discapacidad, sujetas a la intervención en Programas Individuales de Atención por parte de los beneficiados y/o sus familiares.

Sin embargo, la aplicación de esta novedosa normativa en nuestro país tiene luces y sombras. Pese a la necesidad de su existencia, su aplicación no está siendo todo lo efectiva que se desea. La coincidencia con las etapas más críticas de la crisis económica de finales de la primera década del siglo XXI y comienzos de la segunda ha ralentizado su puesta en marcha, sobre todo en lo que se refiere a las prestaciones, menos cuantiosas que las pretendidas en su elaboración. También ha habido polémicas con el endurecimiento de los requisitos para pasar la valoración de estas situaciones y su consiguiente asignación de ayudas económicas y asistenciales. Así, la última evaluación del Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SISAAD); con fecha del 31 de diciembre de 2014, fija el número de personas beneficiarias en 745.720, que supone un descenso de 8.122 personas con respecto a las mismas fechas del año anterior (en diciembre de 2013 los beneficiados eran 753.842). El propio organismo señala que la causa más frecuente de baja del sistema es el fallecimiento (77%).

En lo que se refiere exclusivamente a las personas mayores nos interesa el análisis de la perspectiva de edad, donde nos encontramos que el 71,70% de las personas beneficiarias de esta Ley tiene más de 65 años. En concreto un 18,53% tienen una edad comprendida entre los 65 y 79 años, mientras que un 53,17% supera los 80 años. Evidentemente, el porcentaje restante (28,3%) corresponde a la población menor de 65 años con dificultades graves o muy graves para desarrollar las actividades de la vida diaria.

Extrapolando la cifra de personas beneficiadas de las prestaciones de esta Ley (tanto económicas como asistenciales), que es de 745.720 personas; y aplicando a esta cifra el porcentaje de mayores de 65 años (71’70%), nos da como resultado que en España había 534.681 personas acogidas por la Ley de Dependencia a finales del año pasado.