José Santos Lombardo fue un educador, empresario, político y prócer costarricense que nació en Cartago, Costa Rica el 3 de noviembre de 1775. Realizó estudios de Filosofía, Gramática, Derecho Civil y Canónico en el Seminario Conciliar de León, Nicaragua. Posiblemente allí obtuvo su título de Bachiller en Artes.

Allí conoció la influencia de la Ilustración inclinándose hacia las ideas liberales contenidas en la Constitución de Cádiz de 1812, respetando el sistema monárquico de gobierno, aunque en su Catecismo Político parece preferir la república para Estados pequeños.

Hay que recordar que, en la época, uno de los modelos políticos de liberalismo era el sistema monárquico parlamentario inglés y también la constitución de Cádiz de 1812 que estuvo vigente en España y, por tanto, también en Costa Rica cuando era una provincia del Reino de Guatemala. Cádiz significó el viraje desde una monarquía absoluta hacia una monarquía constitucional.

De modo que, la mayoría de los admiradores y seguidores de dicha Constitución se mantenían en su adhesión a la nueva monarquía constitucional. Se podía ser monárquico y a la vez liberal y pro-Constitución de Cádiz como en efecto lo fue José Santos Lombardo. A diferencia de Rafael Francisco Osejo que era liberal republicano. Para utilizar la terminología propia de la Revolución Francesa, Santos Lombardo era más girondino, mientras que Osejo era más jacobino. Porque en la misma época otros modelos de constitución liberal eran la República francesa y la República Federal de los Estados Unidos de América.

Santos Lombardo fue educador en Cartago y San José, abriendo incluso una escuela de primeras letras en Cartago «para instruir a los verdaderamente pobres».

En 1794 casó con Micaela de la Cruz López Conejo y Guzmán Portocarrero. No dejó descendencia.

Durante el período colonial, ocupó varios cargos incluido el de alcalde de Cartago. En 1813, se dedica a actividades empresariales en el campo del comercio y la minería. Es el principal descubridor de las vetas de oro en los Montes del Aguacate.

En 1827 fue nombrado rector de la Casa de Enseñanza de Santo Tomás.

Declaración de la independencia de España

En octubre de 1821 es un actor importante y fundamental en los debates de Cartago sobre las declaraciones de la independencia que habían llegado de Guatemala y de León, con posiciones contrapuestas a las del Bachiller Osejo. Desde allí, se empieza a notar una rivalidad política entre Santos Lombardo y Osejo que duraría largo tiempo.

Santos Lombardo es uno de los firmantes del Acta de Declaración de Independencia de Cartago del 29 de octubre de 1821, conocida como el Acta de la Independencia de Costa Rica. En dicha acta se proclama la independencia absoluta de España y la anexión al Imperio de Iturbide.

Cuando se reciben las noticias de la declaración de independencia de España el 29 de octubre en la madrugada, reúne a un grupo de patriotas y toma el cuartel de Cartago para favorecer y preservar la declaración de la independencia en Costa Rica. Algunos lo interpretaron como un afán de proteger los intereses de los círculos realistas y conservadores.

Santos Lombardo fue un independentista que optó primero por la anexión al Imperio Mexicano y luego derivó hacia el republicanismo como mejor opción de gobierno.

Presidente de la comisión que aprobó el Pacto de Concordia

La Junta de Legados de los Pueblos decidió, el 23 de noviembre de 1821, crear una comisión de cinco miembros «para que presenten un plan de gobierno provincial como nudo de concordia entre los pueblos que la componen». La nueva comisión bajo la presidencia de Lombardo trabaja sobre la base de un proyecto de ley que les había enviado Pablo de Alvarado desde Guatemala que se aprobó el 1 de noviembre de 1821 como Pacto Social Fundamental Interino o Pacto de Concordia. Aquella comisión fue la primera asamblea constituyente de Costa Rica y fue presidida por José Santos Lombardo.

Presidente del primer gobierno constitucional de Costa Rica

Una vez aprobado el Pacto de Concordia en 1822 fue elegido miembro de la Junta Superior Gubernativa y luego presidente de dicha Junta que era entonces el gobierno de Costa Rica. Se desempeña como presidente del 1 de enero al 20 de marzo de 1823. Es decir, pasa a presidir el primer gobierno constitucional de la historia de Costa Rica.

Separación del Imperio de Iturbide

Convoca a un congreso constituyente del que también es miembro. Este congreso declaró el 8 de marzo de 1823 la separación de Costa Rica del Imperio Mexicano de Iturbide.

También aprobó el Primer Estatuto Político de 1823, que disuelve la Junta Gubernativa y la reemplaza por un Triunvirato presidido por Rafael Osejo.

Ley Fundamental del Estado de 1825

En 1824 y 1825 es miembro de nuevo de la asamblea constituyente que elabora y aprueba la Ley Fundamental del Estado de Costa Rica de 1825.

Por orden del republicano Gregorio José Ramírez fue acusado de haber participado en los acontecimientos del 29 de marzo de 1823 en que grupos tomaron el cuartel de Cartago para proclamar la anexión al Imperio Mexicano. Estuvo preso durante varios meses.

El Catecismo Político

Es muy interesante su Catecismo Político, escrito en 1822, y utilizado en las escuelas para explicar a los pueblos los diferentes tipos de gobierno con un sistema de preguntas y respuestas.

Láscaris le encontró influencia aristotélica: «No creo que fuera fácil encontrarle la filiación inmediata, pero la remota es muy fácil, pues se trata de la doctrina aristotélica de los regímenes políticos, expuesta en forma elemental» (Láscaris, C. 1975).

Revisemos que había escrito Aristóteles en La política sobre dicho tema:

… lo siguiente es investigar los regímenes políticos-cuántos por su número y cuáles son-y en primer lugar los rectos de ellos, pues entonces se clarificarán sus desviaciones, cuando se hayan definido… Puesto que régimen político y órgano de gobierno significan lo mismo, y órgano de gobierno es la parte soberana de las ciudades, necesariamente será soberano o un solo individuo, o unos pocos, o la mayoría, y cuando ese uno o la minoría, o la mayoría gobiernan atendiendo al bien común, esos regímenes serán por necesidad rectos, y los que atienden al interés particular del individuo, o de la mayoría, desviaciones.

Para Aristóteles, entonces, los regímenes o gobiernos rectos son la monarquía o gobierno de uno, la aristocracia o gobierno de varios y la república o gobierno de la mayoría, porque están al servicio del bien común. Mientras que las desviaciones serían la tiranía, de la monarquía; la oligarquía, de la aristocracia y la democracia de la república, porque no promueven el bien común sino el interés particular de los gobernantes.

En ese sentido para Aristóteles, tanto la monarquía como la república son gobiernos o regímenes rectos y al servicio del bien común. De modo que, cuando Láscaris le encuentra filiación aristotélica al Catecismo Político de Santos Lombardo, lleva toda la razón.

Por una parte, es evidente que durante la vida política del autor del Catecismo en cierto momento apoyó la anexión a la monarquía constitucional de Agustín de Iturbide y, cuando dicha opción quedó disuelta por los acontecimientos históricos, entonces apoyó y promovió la opción republicana como medio para lograr el bien común. Pero siempre rechazando toda forma de tiranía o absolutismo y además en la línea de proclamar y firmar la independencia del gobierno español.

Al Catecismo Político algunos historiadores lo han denominado el primer documento de educación cívica en la historia de Costa Rica. En dicho Catecismo Santos Lombardo se pregunta:

¿Y entre los gobiernos justos, cual merece la preferencia?

Con todo para los Estados reducidos puede ser preferible el gobierno republicano, porque en él los ciudadanos sacrifican una parte menor de libertad individual; pero para un pueblo de mucha extensión, desde luego puede asegurarse que el más conveniente es el monárquico constitucional.

Es decir que sigue abierto para considerar como una buena opción a la monarquía constitucional en los Estados grandes, tal y como sucedía en Inglaterra, pero para Estados pequeños como Costa Rica considera que la mejor opción de gobierno sería una república.

Por otra parte, desecha como completamente negativos a los gobiernos despóticos o absolutistas y ve como gobiernos positivos o de legalidad al monárquico y al republicano.

Siendo que el Catecismo estaba dirigido a los costarricenses se puede interpretar perfectamente que, para José Santos Lombardo, la mejor opción o tipo de gobierno para Costa Rica, es decir la más recomendable y que él apoyaba sería la república.

José Santos Lombardo falleció a los 53 años en Cartago, Costa Rica, el 25 de mayo de 1831.

Notas

Aguilar Bulgarelli, O. (1973). José Santos Lombardo. San José: Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes.
Aguilar Bulgarelli, O. El pensamiento de un patriota costarricense: don José Santos Lombardo.
Aguilar Bulgarelli, O. Real Academia de Historia de Costa Rica. Página web.
Aristóteles. (2018). La política. Barcelona; Alianza Editorial, pp. 155 y 156.
Santos Lombardo, J. (1822). Catecismo Político. Explicación breve y sumaria de las distintas formas de gobierno. Costa Rica: Acta Académica, UACA, 37, 327-331.
Láscaris, C. (1975). Desarrollo de las ideas en Costa Rica. San José: Editorial Costa Rica.