Hasta la fecha en Argentina no existen estadísticas oficiales que den cuenta de la magnitud de la problemática del aborto. Algunos estudios estiman que en el país al año se realizan aproximadamente 450.000 abortos inducidos; sin embargo, lo único que puede ser contabilizado en el país del sur de Suramérica es la muerte. De acuerdo a las estadísticas vitales publicadas por el Ministerio de Salud, entre los años 2001 y 2016 han ocurrido en Argentina 1.129 muertes maternas por embarazo terminado en aborto; fenómeno que se encuentra estrechamente asociado a las desigualdades sociales, pues los más altos índices de muertes por aborto han sido alcanzados en los periodos de mayor crisis e inestabilidad política y económica atravesados por la sociedad argentina.

Además estos indicadores oficiales también ponen en evidencia que el 81,8% de las víctimas de muertes maternas por embarazo terminado en aborto oscilaban entre los 20 y los 39 años de edad, esto quiere decir que quienes más toman la decisión de interrumpir el embarazo son mujeres adultas; datos que desmontan la tesis de que la legalización del aborto va a generar mayores índices de sexualidad irresponsable, su empleo como método anticonceptivo, y por tanto, mayores índices de abortos en menores de edad.

Por su parte, el Informe número 26 de la Fundación Soberanía Sanitaria titulado Aborto clandestino: lo que muestran y lo que ocultan las "muertes maternas", publicado en el mes de junio de 2018, evidencia que al menos 586 mujeres fallecieron entre los años 2005 y 2016 como consecuencia de la realización de abortos inducidos en condiciones inseguras, lo cual representa el 77% del total de muertes por abortos registradas para el referido período. Estos abortos inducidos en condiciones inseguras se constituyen como la primera causa de las muertes definidas como maternas para casi todos los años del período; no obstante, esta cifra podría ser mucho más elevada debido a la invisibilización estadística de esta problemática, pero también como lo señala este informe, debido a que los abortos inducidos en las instituciones de salud suelen ser clasificados como otras muertes maternas, por ejemplo: «hemorragias posparto», «sepsis puerperal», «muertes obstétricas de causas no especificada», «trauma obstétrico», «infecciones puerperales», entre otras.

Ante esta problemática, el 5 de marzo de 2018 se presentó por séptima vez consecutiva en la Cámara de Diputados de la Nación el Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), redactado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito. Este Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo extensamente desarrollado en 24 artículos, propone en términos generales:

  • Modificar el Código Penal para despenalizar el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional.

  • Legalizar la interrupción voluntaria del embarazo y garantizar el derecho a acceder a él sólo con el requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional; quedando prohibido solicitar autorización judicial previa o imponer requisitos de ningún tipo que dificulten el acceso a las prestaciones vinculadas con la interrupción voluntaria del embarazo.

  • Garantizar el acceso de la mujer o persona gestante a la interrupción voluntaria del embarazo en el sistema de salud en un plazo máximo de cinco (5) días corridos desde su requerimiento; proporcionándole información adecuada, atención médica, social y psicológica, así como, acompañamiento en el cuidado de la salud e información adecuada y confiable sobre los distintos métodos anticonceptivos disponibles y la provisión de los mismos.

  • Crear un registro de estadísticas, monitoreo y evaluación de la interrupción voluntaria del embarazo.

  • Formular e implementar programas de educación sexual integral, así como, políticas públicas para la prevención de embarazos no deseados, y la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de la población.

El proyecto de ley para despenalizar y legalizar el aborto en Argentina, sorteando fanatismos y resistencias logró su cometido, tras un acalorado y largo debate obtuvo la media sanción (129 votos a favor y 125 en contra) de la Cámara de Diputados, sin embargo, su materialización se vio truncada al ser rechazada en la votación del Senado el 8 de agosto. Esta discusión dejo en evidencia la persistencia de un pensamiento profundamente conservador en la sociedad argentina, en la cual incluso quienes se reconocen y autodenominan como «progresistas» continúa legislando desde una moral religiosa que no reconoce y limita los derechos de las mujeres.

No obstante, el rechazo del proyecto de ley y la ausencia de pronunciamiento oficial con respecto a las formas de exclusión y violencia puestas en práctica por parte de los sectores opuestos al proyecto de ley autodenominados «provida», ha contribuido a avivar y fortalecer a los sectores más conservaduristas y anti-derechos de la sociedad Argentina y de toda América Latina. La indiferencia oficial ante la ocurrencia de incidentes, delitos o crímenes de odio como discriminación, persecución, acoso y agresión contra quienes apoyan el Proyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo y portan el pañuelo verde que les identifica, puede leerse como una acción permisiva, la cual ha contribuido al incremento, intensificación, naturalización y cotidianización de estos hechos.

Además, la negativa de aprobación del proyecto de ley puede calificarse como una acción femicida pues, ha favorecido y amparado la continuidad de las muertes de mujeres ante la realización de abortos clandestinos. Por ello, la respuesta del senado argentino, como señala el periodista mexicano Humberto Padgett (2014), puede considerarse como la expresión más fehaciente del odio a las mujeres, que se mide por el desfile de féretros: Muerta por muerta y ataúd por ataúd.