La educación es uno de los grandes temas que se discutirán en la Convención Constitucional, que desde hace un mes ha iniciado su trabajo para reemplazar la Constitución de 1980 y redactar una nueva que deberá ser aprobada o rechazada en un plebiscito nacional durante 2022. Además de la importancia natural que el tema tiene en cualquier país, en el caso de Chile adquiere características especiales por la mercantilización y privatización que ha sufrido el proceso educacional a partir del modelo de neoliberalismo extremo, impuesto a la sociedad chilena durante la dictadura militar y las dificultades legales y políticas que ha encontrado para reemplazarlo.

La primera Constitución en el mundo que incorporó derechos sociales fue la de Weimar, en Alemania, en 1919 referidos a la salud y la seguridad social especialmente, pero sin descuidar la educación, como ya lo habían establecido otras constituciones en Europa. El llamado «constitucionalismo social», fue seguramente la respuesta al creciente proceso de industrialización, al crecimiento de las ciudades, el surgimiento del movimiento obrero y la lucha política como consecuencia de la revolución rusa y la derrota alemana en la Primera Guerra Mundial. Respecto a la educación, señalaba la carta fundamental en su artículo 142: «Son libres el arte y la ciencia, así como su enseñanza. El Estado garantiza su protección y toma parte en su fomento», para más adelante agregar que se realizará en establecimientos públicos y que la enseñanza quedaba bajo la inspección del Estado y a cargo de personal técnico especializado. Estos conceptos, en términos generales, están presentes en la mayoría de las cartas fundamentales de los países europeos. Al revisar la Constitución italiana, del 27 de diciembre de 1947, que no ha tenido cambios mayores, se repiten conceptos de Weimar. En su artículo 33 señala: «El arte y la ciencia son libres, así también como su enseñanza. La República dicta las normas generales para la instrucción y establece escuelas estatales para todas las órdenes y grados». Más adelante agrega que «Las entidades y los particulares tienen derecho a establecer escuelas y establecimientos docentes, sin gravámenes para el Estado». La Constitución francesa de 1958 establece en su preámbulo que «La Nación garantiza el acceso igual, tanto a niños como a adultos a la instrucción, a la formación profesional y a la cultura. Es un deber del Estado la organización, en todos sus grados, de la enseñanza pública, gratuita y laica».

En un reciente trabajo realizado por la Unidad de Redes Transdisciplinarias de la Universidad de Chile, referido a la educación, se efectuó un análisis comparado de siete Constituciones de los siguientes países: Argentina, Bolivia, China, Ecuador, España, Paraguay y Venezuela. Se contrastaron los artículos referidos a la educación en relación con lo que registra la carta fundamental chilena. Así podemos ver que el artículo 12 de la Constitución argentina, que incorporó el párrafo de la Declaración Americana de los Derechos del Hombre, señala: «Toda persona tiene derecho a la educación la que debe estar inspirada en los principios de libertad, moralidad y solidaridad humanas», para luego agregar que se debe capacitar para lograr una digna subsistencia para mejorar el nivel de vida y ser útil a la sociedad. Por su parte, la Constitución boliviana, artículo 78, indica que la educación debe ser intracultural, intercultural y plurilingüe en todo el sistema educativo. Agrega que debe ser «liberadora y revolucionaria». La de Venezuela señala en su artículo 102: «La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria». La de Ecuador, en su artículo 27, habla del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; debe ser intercultural e impulsar la equidad de género. En Paraguay, el artículo 73 indica entre otras cosas, que sus fines son el pleno desarrollo de la persona humana, la justicia social, la integración de los pueblos, el respeto a los derechos humanos y a los principios democráticos. La española señala en el artículo 27, entre otras cosas, que todos tienen derecho a la educación, se reconoce la libertad de enseñanza, la obligatoriedad y gratuidad. La Constitución de China en su artículo 19, se refiere a que el Estado desarrolla la educación socialista y trabaja por elevar el nivel científico y cultural de toda la nación con el fin de eliminar el analfabetismo.

La Constitución de Chile, en su artículo 10, expresa: «La educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida. Los padres tienen el derecho preferente y deber de educar a sus hijos. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho. La educación básica es obligatoria, debiendo el Estado financiar un sistema gratuito con tal objeto, destinado a asegurar el acceso a ella de toda la población». En el artículo 11 agrega, entre otras cosas, que: «Libertad de enseñanza que incluye el derecho a abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales», junto a que las limitaciones son las impuestas por «la moral, las buenas costumbres, el orden público y la seguridad nacional».

Si a este concepto constitucional de la educación agregamos el principio de subsidiariedad, que es la clave de la Constitución de Pinochet, podemos entender con mayor facilidad los problemas sociales de Chile. Durante más de 30 años se fue consolidando un modelo pensado para que el sector privado, y no el Estado, fuera el responsable de la política educacional. En la larga cronología de cambios para transformar lo que había sido el sentido profundo de la educación pública y papel del Estado, en 1980 se inició con la municipalización de las escuelas y el financiamiento a través de vouchers o subsidio a la demanda; más adelante con la nueva ley de universidades de 1990, permitiendo que ocho instituciones consolidadas de formación superior fueran cercenadas y pasáramos a tener hoy más de 40, la gran mayoría privadas y mucha de ellas con fines de lucro y algunas de dudosa calidad, junto con las que ya han desaparecido. Esta ley orgánica, de casi 100 artículos, fue aprobada el 10 de marzo de 1990, es decir, un día antes de que terminara la dictadura militar. Posteriormente se aprobaron muchas otras reformas incluyendo el CAE en 2005, que son créditos para financiar los estudios superiores que otorga la banca con aval del Estado y que ha significado, en un sistema mayoritario de educación universitaria privada, el endeudamiento de cientos de miles de familias. Asimismo, se dio inicio en 2016 al sistema de gratuidad para los estudiantes de menos recursos económicos y que permitirán en un futuro, aún muy lejano, cubrir a toda la educación superior.

En la educación, junto a otras áreas, subyacen los motivos que han profundizado la desigualdad y que ayudan a explicar el estallido de la sociedad chilena ocurrido en 2019. La transformación de la educación en una mercancía o en un producto de mercado, llevó a que las pocas universidades públicas que habían sido gratuitas hasta 1980, cambiaran su papel en la sociedad. Hasta hoy siguen gozando de alta legitimidad por su calidad de enseñanza, pero no puedan, por ejemplo, aumentar sus matrículas porque esa es una de las formas para beneficiar a las privadas que reciben el excedente que las instituciones públicas no pueden recibir. Más grave es que las generaciones que han crecido bajo este sistema, les ha sido inculcado el individualismo que ha sido el gran aliado del sistema neoliberal imperante y de la Constitución de 1980. El Estado, que debe velar por la formación de ciudadanos responsables, ha disminuido los programas de estudios. Ya no se enseña filosofía ni educación cívica en la enseñanza media, e incluso, desde el año 2020, la enseñanza de la historia dejó de ser obligatoria para los dos últimos años de la educación secundaria.

El trabajo que realiza la Convención Constitucional para redactar una nueva constitución carga la inmensa responsabilidad de reponer ese ADN social que ha sido carcomido por el mercado y las enseñanzas neoliberales que han alimentado a las nuevas generaciones en los últimos 40 años. La educación es uno de los grandes temas y ha sido el emblema de los jóvenes que iniciaron las protestas en Chile. Es deber del Estado garantizar, acorde a los nuevos tiempos, una educación pública gratuita, de calidad y laica, que estimule y enriquezca a las nuevas generaciones abriendo las puertas al conocimiento científico, a la investigación, al cuidado de la naturaleza y del planeta, a las artes y a la cultura. Formar ciudadanos solidarios, en el mejor sentido del término, y no consumidores, debe ser el deber fundamental que emane del capítulo sobre educación en la Constitución que las chilenas y chilenos esperamos.