Con la Independencia de España, en 1821, surgieron los ciudadanos, las personas con derechos y libertades. También con obligaciones y deberes. En esa condición, los ciudadanos eran los que tenían el derecho de elegir y ser electos para los puestos de representación popular: diputados, senadores —cuando los hubo—, jefes de Estado y presidentes. Los mecanismos que se establecieron para poder elegir y ser electos fueron altamente selectivos. Quedaron atrás los siervos y vasallos, al menos políticamente.

En el sistema electoral que surgió, solo los hombres tenían derecho a elegir y ser electos. Dentro de los ciudadanos se hacía una primera ronda de selección, bajo la forma de electores. Estos tenían algunas particularidades. Además de su condición de hombres, entre otras, debían tener cierta edad, tener cierta capacidad económica, que debía que ser demostrada, saber leer y escribir. Los analfabetos no votaban. Entre los electores se escogían unos, que pasaban a una segunda ronda para tomar la decisión final, lo que se conocía como voto indirecto.

Los electores, en la segunda ronda, eran los que tomaban la decisión emitiendo su voto públicamente. Así, los resultados de las elecciones podían predecirse, conociendo el comportamiento de los electores. Por las dificultades geográficas las elecciones podían durar varios días. Por esto, se produjeron los sucesos del 7 de noviembre de 1889, cuando se supuso que el resultado electoral que se estaba dando podía ser alterado, lo que provocó una gran movilización campesina, para evitar que se fuera a consumar un posible fraude electoral. Los resultados se validaban con la mitad más uno de los votos emitidos. Esta fecha se estableció como la fundadora de la democracia nacional.

Para esas elecciones, de 1889, a finalizar el siglo XIX, la población del país era de 340,000 habitantes de los cuales el 90% era analfabeto. Eliminando a las mujeres y los menores de edad, y los que no tenían la condición de electores, el número de los que finalmente podían emitir su voto era de 912 electores, equivalente casi al 3% de la población. ¿Eso era democrático? Comparado con la forma como se ejerce el voto hoy no lo era. Pero, era el sistema democrático y electoral que imperaba y con el cual se construyó la institucionalidad costarricense.

En realidad, a partir de ese momento surgieron los partidos políticos y se pasó, desde entonces, de una democracia directa por el voto ciudadano, a una democracia en la cual los partidos políticos decidían quienes podían aspirar a puestos de elección popular. Con los partidos políticos, desde 1889 surgieron los candidatos a puestos de elección popular que solo se podían elegir por partidos políticos, que eran las organizaciones que los escogían y los proponían como candidatos. Eso fue mucho más selectivo para escoger candidatos. Ya no se postulaban de manera directa. Se filtraba su candidatura por los partidos políticos. Y, en los partidos políticos se escogían por parte de quienes controlaban esos partidos políticos. Durante muchos años se desarrolló la leyenda, ya en el siglo XX, de que, en el Club Unión, el club exclusivo de la alta oligarquía nacional, se escogían los candidatos presidenciales de algunos partidos políticos.

Los electores de la segunda ronda se eliminaron para las elecciones de 1914. Se pasó al voto directo de los ciudadanos con derecho a elegir, pero todavía con voto público. El voto secreto se estableció hasta 1924, lo que fue muy importante para votar por conciencia, y no por la presión de personas o sectores que podían recibir los electores.

El voto universal se estableció hasta 1949, cuando de manera definitiva se reconoció el voto de las mujeres. Desde 1889, por la participación de las mujeres en la marchas y movilizaciones gloriosas del 7 de noviembre, se empezó a hablar de reconocer el voto de las mujeres, lo que no se logró en esos años en que internacionalmente se movilizaban mujeres en otros países, exigiendo su reconocimiento de voto. Durante esos años aparecieron en el país movimientos sufragistas presionando por el reconocimiento de voto y por los derechos políticos de las mujeres.

En el siglo XIX se permitía la reelección consecutiva de congresistas o diputados; jefes de Estado y presidentes de la república. Cuando aparecieron los partidos políticos se permitió la reelección consecutiva de partidos políticos, lo que continúa existiendo; no así la de los diputados ni la de presidentes, lo que es un absurdo si se permite la de los partidos que eligen presidentes.

Para elegir diputados, jefes de Estado y presidentes se necesitaba una mayoría de votantes superior al 50%. En 1935 fue eliminado ese porcentaje y se estableció para validar resultados el 40% de los votos a favor de los candidatos, lo que produjo una mayor estabilidad al sistema de selección y elección de los representantes populares. De los últimos seis procesos electorales, en cuatro de ellos se ha ido a una segunda ronda, por desgano democrático de los electores, por aumento de su abstencionismo, en un país en que el sufragio no es obligatorio.

Hasta las elecciones de 1948 los resultados electorales se pasaban al Congreso, o Poder Legislativo, para que validara finalmente esos resultados. Si no se alcanzaba el 50% con los resultados obtenidos, el Congreso, podía discutir sobre los candidatos a cuál escoger. Así sucedió, por ejemplo, en las elecciones de 1913, en que participaron tres candidatos. Ninguno de ellos obtuvo la mayoría calificada. El resultado se pasó al Congreso. Allí no se pusieron de acuerdo en ninguno de los tres y se procedió a nombrar a los Designados a la Presidencia, equivalentes a los vicepresidentes actuales, que eran de nombramiento del Congreso, siendo electo presidente de la república Alfredo González Flores, que no había participado como candidato a la presidencia. Este mecanismo se usó en varias ocasiones posteriores.

En las elecciones anuladas por el Congreso de 1948, de haberse mantenido la institucionalidad, eso es lo que debió haberse hecho. Si no se encontraba consenso alrededor de los candidatos presidenciales, Otilio Ulate o de Rafael Ángel Calderón Guardia, se debió haber procedido a nombrar los Designados a la Presidencia y llamar a uno de ellos a ejercer la presidencia. Esto no se logró por el alzamiento militar de José Figueres, que impidió se pudiera aplicar ese mecanismo electoral, y provocó una guerra civil entre marzo y abril de ese año. Su triunfó militar validó, 18 meses después de gobernar por la fuerza Figueres, la llegada de Ulate a la Presidencia de la República, en cuyo nombre se realizó esa montonera militar que se exaltó como la Guerra Civil de 1948, o la Revolución de 1948. De este gobierno de facto se impuso la eliminación del ejército nacional y el surgimiento de un Poder Electoral independiente, con rango constitucional igual a los otros poderes de Estado.

Un detalle de aquellos años, anteriores a 1948, es que los candidatos a diputados podían serlo a la vez por varios partidos simultáneamente, en el mismo proceso electoral. Así, por ejemplo, en las elecciones para diputados de medio período de 1930, Otilio Ulate Blanco fue candidato al segundo puesto por el partido Alianza de Obreros y Campesinos, por la provincia de San José, y a un primer puesto por un partido en la provincia de Alajuela, quedando electo por Alajuela. Y, Marcial Fallas Díaz, en la provincia de San José fue postulado por dos partidos a la vez, el Republicano Constitucional y el Unión Provincial, no siendo electo por ninguno. Esto hoy no se puede hacer ni se permite.

La legislación electoral hoy, desde 1949, solo permite postularse por un solo partido político. Así los diputados se presentan en una lista electoral cerrada ante los electores, que se ven obligados a votar por la lista completa, siendo electos de esa lista, los que alcancen el número de votos a ser electos, por los sufragios recibidos, por la lista del partido que los propone, en orden descendente de presentación en la papeleta. Así, la inmensa mayoría de los candidatos a diputados pasan ignorados, desconocidos para los electores.

Hace pocos procesos electorales, todavía hasta el 2006, las papeletas de votación contenían toda la lista de nombres de diputados que proponían todos los partidos, que permitía al elector, a la carrera, en el momento de emitir su voto, al menos fijarse quienes eran los que encabezaban las listas de diputados. Eso fue eliminado y la papeleta electoral hoy solo muestra el color de la bandera y el nombre del partido, invisibilizando la lista de candidatos. Es casi como votar al azar, es como jugar a la ruleta rusa…

Así, los electores, a la hora de emitir su voto, no tienen a la vista la lista por la que están votando. En la entrada de los recintos electorales se exhiben las listas de candidatos. Es obligatorio ponerla allí. Pero, casi nadie se fija en ellas cuando va a emitir su voto. La inmensa mayoría de los electores vota por el partido que ha escogido para darle su apoyo, sin saber por quienes vota, ni conocer sus cualidades personales o políticas. De todos los candidatos a diputados los que encabezan las listas son los más destacados dentro de sus partidos políticos, y quizá un poco más conocidos. El resto ni pincha ni corta.

Con la abolición del Ejército Nacional, Costa Rica adquirió el reconocimiento internacional, y latinoamericano de gozar y tener un sistema democrático fuerte, vigoroso, en el cual una de sus virtudes y fundamentos es la ausencia de una institución como el Ejército, que tantos males ha causado a la democracia latinoamericana, en sus distintos países.

La abolición que de él se hizo en 1949 no ha necesitado, en estos 74 años, convocar por la vía excepcional, que la Constitución Política permite, a la constitución transitoria de un contingente militar, con esa denominación de Ejército, para defender la integridad territorial frente a una agresión militar a nuestro territorio, o para defender la independencia y la soberanía nacional, del Estado, y la libertad del pueblo costarricense, frente a iguales amenazas.

La Fuerza Pública que se constituyó ha sido el pilar y el baluarte de la organización estatal frente a estos posibles eventos, y ha sido ejemplo claro de la certeza de haber eliminado el Ejército como institución permanente del Estado costarricense. Aun así, hay que estar siempre vigilantes de esta institución policial que, mal dirigida y acostumbrada a reprimir, como se está entrenando a los cuerpos policiales, puedan gestar en su interior, o con alianza al Poder Ejecutivo, gorilitas, embriones de dictadores, o que terminen apoyando tiranos y presidentes autoritarios.

Una particularidad adicional que hace única a la democracia costarricense, me atrevo a pensar que en todo el mundo, es que durante los procesos electorales, desde que se convocan hasta que se instalan las autoridades electas, por varias semanas, casi siete meses, la Fuerza Pública se somete en mando y autoridad suprema al Tribunal Supremo de Elecciones, para garantizar no solo el proceso electoral, de amenazas internas, que pudieran descarrilarlo, sino para asegurar el ejercicio democrático de la emisión de la voluntad popular, por el voto, y asegurar el nombramiento de autoridades que de ese voto emerjan y se produzcan; así como para restarle al Poder Ejecutivo el mal uso que pudiera ejercer del control del aparato policial militar del Estado.

El otro elemento de este sometimiento es el destacar que la Fuerza Pública debe guardar imparcialidad ante el proceso electoral y ponerse, en ese tanto, al servicio de todos los partidos políticos, y no solo al servicio del que podría ser partido de gobierno, como sucede en países latinoamericanos y centroamericanos como conocemos que esos cuerpos militares se manejan al antojo presidencial contra partidos, candidatos y contra el mismo proceso electoral. Donde el presidente también, el mismo día de las elecciones puede actuar sobre el proceso electoral.

Otra característica en Costa Rica es que los procesos electorales se realizan bajo un cronograma debidamente aprobado por el Tribunal Supremo de Elecciones, que, una vez publicado, no se puede alterar ni modificar, provocando una gran seguridad y certeza en todo el proceso de elecciones.

De lo más destacado del proceso electoral, quizá único en el mundo, es que el traslado del poder policial al Tribunal Supremo de Elecciones, aunque pueda ser más simbólico que otra cosa, es absolutamente funcional. El ministro de Seguridad sigue siendo el mismo, y participando del Consejo de ministros o de Gobierno; los oficiales de los altos rangos policiales siguen siendo los mismos y los planes operativos diarios siguen ejecutándose como deben ser. El más alto oficial de la Fuerza Pública pasa a coordinar con el Tribunal Supremo de Elecciones lo que corresponda a la imagen pública y la situación real de lo que significa el traslado de mando de la Fuerza Pública al Tribunal Supremo de Elecciones, y a acatar lo que allí se disponga de su papel ante el proceso electoral. En la práctica es que, para efectos electorales, la Fuerza Pública obedece al Tribunal Supremo de Elecciones y no al Poder Ejecutivo, y se somete a él en todo el proceso y en la salvaguarda y respeto al resultado que se produzca en urnas.

El día de las elecciones se prohíbe que los funcionarios policiales del país se presenten armados a los recintos electorales o a emitir su voto. En uno de los procesos electorales a principios de este siglo se produjeron, de casualidad, dos incidentes con policías armados. Se dieron en dos localidades a distancias de más de 300 kilómetros entre ellos. En uno se presentaron policías armados a emitir su voto; en el otro un auto de la policía entró a un recinto electoral, a una escuela, con policías armados. En ambos casos los miembros de la Junta Electoral, personas civiles, que representan a los partidos políticos en las mesas receptoras de votos, los obligaron a desarmarse y a sacar el auto policial de la escuela. La discusión que se provocó entre los oficiales policiales y los miembros de las juntas y recintos electorales suspendió por unos momentos la votación, mientras se elevó inmediatamente al Tribunal Supremo de Elecciones la consulta de lo que estaban haciendo los miembros de las juntas electorales. La resolución del Tribunal Supremo de Elecciones fue contundente. Los miembros de las juntas y del recinto electoral tenían razón. Los policías se desarmaron para emitir su voto y el auto policial obligado a salir de la escuela donde estaban las urnas electorales.

El próximo primer domingo de febrero del 2024 se producirán votaciones para nombrar las autoridades de los 84 cantones que tiene el país. Por ello, el pasado miércoles 4 de octubre, en el acto oficial de convocatoria del proceso electoral cantonal, con participación de los presidentes de la República y del Poder Judicial; no así, al menos reseñado en los periódicos, del presidente de la Asamblea Legislativa, se hizo ese traslado de mando de la Fuerza Pública del Poder Ejecutivo al Tribunal Supremo de Elecciones, que tiene rango de Poder Público.

Un dato que adorna el proceso electoral costarricense es que la Fuerza Pública, el día de las elecciones, no puede hacer alarde en urnas, ni en juntas electorales, ni en las escuelas donde estas funcionan, de su aspecto policial militar, ni de matonismo policial o militar alguno.

Todo el proceso electoral, en urnas, descansa para su cuidado en ciudadanos civiles, que son los delegados que nombran los partidos políticos y los auxiliares, también civiles, que nombra o asigna el Tribunal Supremo de Elecciones, como colaboradores de esas juntas.

El material electoral, desde que se envía a las juntas electorales, se entrega, desde esos días anteriores al día de elecciones, para su protección, a miembros de las Juntas Electorales, en una casa de ciudadanos civiles. Recibido el material, los miembros de la Junta lo fiscalizan para asegurar que todo lo que les fue enviado está en orden y no falta nada. El día de las elecciones vuelven a realizar ese acto antes de abrir el proceso de votación a las 6 a.m., obligándose a hacer actas de los resultados, con copia a cada miembro de los que han participado por los partidos políticos en las urnas electorales, como garantía adicional de que los resultados no se alterarán. Lo mismo ocurre a las 6 p.m. cuando se cierran los recintos electorales, con el mayor respeto y acatamiento, de manera que la persona que no llegó a votar se quedó sin ejercer su derecho al voto, al sufragio; y se queda sin derecho a escoger de manera directa quién lo podría representar en el cuerpo político que se está eligiendo, sea el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo o Consejos Municipales y Distritales.

Los que hemos tenido oportunidad de ver procesos electorales en países donde el Poder Ejecutivo interviene fuerte y directamente, bajo gobiernos autoritarios, en los que violenta abiertamente las reglas establecidas para el proceso electoral, sin posibilidad de reclamos ciudadanos, ni de partidos políticos, hemos sido testigos de cómo el presidente da órdenes, imponiéndose sobre las instancias electorales, de que el proceso electoral se prolongue más allá de las horas del cierre, lo que se aprovecha para movilizar obligadamente ciudadanos, de última hora, simpatizantes del partido de gobierno, o que trabajan para el gobierno, para que emitan su voto y alterar el resultado. Igualmente, hemos visto cómo las urnas y prácticamente los aspectos logísticos del proceso electoral, del día de las elecciones, están en manos del Ejército, con la imagen negativa, tenebrosa y temible que esta institución tiene en esos países. O bien, de cómo durante ese día se realizan despliegues militares de los miembros del Ejército por las ciudades y centros de votación, de igual manera amedrentadores.

En el acto oficial del pasado miércoles 4 de octubre, el llamado que hizo la presidente del Tribunal Supremo de Elecciones al presidente de la república fue claro y directo. Le recordó al presidente de la república el imperativo de su neutralidad, y la no beligerancia electoral durante este período; lo que incluye que el Poder Ejecutivo no puede realizar propaganda oficial sobre el trabajo y obras de las instituciones públicas o del gobierno, con ánimo de influir de esa manera en el electorado que se beneficia del resultado de esas obras, en las distintas comunidades del país.

Costa Rica está hasta que finalice todo el proceso electoral municipal, en el mes de febrero próximo, con la presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, al frente de todo el aparato policial del país, y de este bajo su mando y sometimiento institucional.

Así funciona la democracia costarricense.